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Política de contratación etica

  • OBJETIVO

    Definir aquellos principios que deben tener los proveedores de H Ujueta S.A.S.

  • ALCANCE

    Este documento aplica para todos los grupos de interés de H Ujueta S.A.S

  • DEFINICIONES

    H Ujueta S.A.S. ha planteado que todas sus relaciones con sus proveedores deben ser equitativas y justas. Por lo que se esfuerza por mantener un diálogo abierto y constructivo con los proveedores y así supervisar que no ejerzan alguna actividad que esté en contra de los derechos humanos.

  • REQUERIMIENTOS
    • El proveedor debe cumplir con todas las leyes locales e internacionales, los principios aplicables, normas y regulaciones.
    • El proveedor que trate de entregar regalos o gratificaciones a los empleados puede llevar a que se excluyan sus propuestas de compras o a la terminación de su contrato, según sea el caso.
    • Está prohibido que algún proveedor ofrezca sumas de dinero o cualquier objeto de valor, a algún trabajador a cambio de un cambio negocios, trámites o transacciones que se realicen en función de la compañía.
    • Los Proveedores deben ser totalmente transparentes en la información suministrada a la compañía. Cualquier intento de disimular, hacer una declaración falsa, falsificar documentos o tergiversar hechos llevará a que se excluyan sus propuestas de compras o a la terminación de su contrato, según sea el caso.
  • DERECHOS HUMANOS
  • TRABAJO INFANTIL

    El Proveedor debe cumplir con la edad mínima nacional de admisión al empleo y asegurar que las condiciones de trabajo no puedan poner en peligro su salud, seguridad o dañar su bienestar físico y/o mental.

  • TRABAJO FORZOSO

    El proveedor no debe ejecutar cualquier tipo de trabajo forzado, obligatorio o no remunerado. Además debe prohibir la confiscación de documentos personales o requerimientos a empleados para que paguen cuotas de reclutamiento o selección de personal como requisito de contratación.

  • NO DISCRIMINACIÓN

    El Proveedor no debe permitir ni tolerar algún tipo de discriminación por razones de género, edad, religión, estado civil, raza, origen social, enfermedad, discapacidad, embarazo, origen nacional o étnico, nacionalidad, a miembros de las organizaciones de trabajadores (incluyendo sindicatos), afiliación política, orientación sexual, apariencia física o cualquier otro rasgo personal. Además estos no pueden retener el salario como forma de sanción disciplinaria.

  • LIBERTAD DE ASOCIACION

    Los Proveedores no pueden obstaculizar las formas alternativas de representación, es decir, los trabajadores tienen el derecho a crear un sindicato o unirse a uno de su elección, sin la autorización previa de la compañía.

  • HORARIOS

    Los Proveedores deben establecer horarios que cumplan con las leyes nacionales y los trabajadores tienen el derecho de tener un día de descanso después de haber laborado la semana completa o la jornada acordada.

  • SALARIOS

    El Proveedor debe pagar a todos sus trabajadores, los salarios, horas extras y los beneficios vacacionales remunerados según lo acordado en el contrato y la normatividad vigente.

  • SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    El proveedor debe cumplir toda la normatividad vigente en tema de Seguridad y Salud en el trabajo, además ejecutará las medidas adecuadas, de acuerdo a las condiciones de trabajo y sus riesgos específicos, para prevenir accidentes y enfermedades que estén relacionados u ocurran durante las actividades laborales.

  • PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE